Garantías en la era COVID: El derecho a desconectarse
Transferencias inmediatas, oficios digitales a IGJ y un proceso piloto totalmente "paper-less" en Mendoza. ¡Empezá tu día con una buena dosis de disrupción jurídica!
INTERNACIONALES
El derecho a la desconexión
La Comisión de Empleo del Parlamento Europeo aprobó una resolución que garantiza el “derecho a desconectarse” de los trabajadores en relación de dependencia.
La iniciativa surge con motivo del teletrabajo, que - si bien venía en crecimiento en los últimos años - adquirió una enorme trascendencia este año, ya que el 2020 fue sin dudas el año del Homeoffice. A raíz de la pandemia de COVID-19, el mundo entero ha tenido que adaptarse a trabajar desde su hogar. Esto llevó a que la separación entre las esferas del trabajo y de la vida privada, se viera degradada.
Para proteger dicha separación, el derecho a desconectarse consiste en abstenerse de participar en comunicaciones electrónicas relacionadas con el trabajo fuera del horario laboral, sea mediante correos electrónicos, o cualquier otro tipo de mensaje.
Francia fue uno de los países pioneros en materia de “desconexión” laboral. En el año 2016, este derecho fue incorporado al Código de Trabajo Francés, cuando se estableció la obligación de las empresas de regular el uso de herramientas digitales, respetando los periodos de descanso; además de la vida personal y familiar de sus empleados.
En cuanto a LATAM, Chile reconoce el derecho a la limitación de comunicaciones digitales fuera de horarios de trabajo. El tiempo de desconexión debe ser al menos de 12 horas continuas en un período de 24 horas. El mismo se aplica a los trabajadores a distancia que distribuyen libremente su jornada, y a los teletrabajadores excluidos de la limitación de jornada. Como consecuencia, el trabajador tiene derecho a no ser obligado a responder comunicaciones, órdenes o requerimientos del empleador durante el lapso de desconexión. Pero: ¿Qué pasa con WhatsApp? según la normativa chilena, el empleador debe “garantizar” este derecho, de modo que el famoso “visto” no podría ser asumido como toma de conocimiento de cualquier tipo de mensaje vinculado con el área laboral en horario de desconexión.
En Argentina, por su parte, se ha sancionado con fuerza de ley el Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo; el cual establece en el marco de la jornada laboral que “las plataformas o software utilizados por el empleador para el teletrabajo deben desarrollarse de forma acorde a la jornada laboral establecida e impedir la conexión fuera de horario”. También determina que el teletrabajador tendrá derecho a no ser contactado, y a desconectarse de los dispositivos digitales, fuera de su jornada laboral y durante los períodos de licencias; no pudiendo ser sancionado por hacer uso de este derecho. El empleador tampoco podrá exigir la realización de tareas, ni remitir comunicaciones por ningún medio, fuera de la jornada laboral.
¿Será el derecho a la desconexión objeto de demandas laborales en los próximos años?
Accede a la ley Argentina aquí.
Todos contra Facebook
La Comisión Federal de Comercio de Estados Unidos, junto con autoridades de 48 Estados, demandó a Facebook por violación de normas de libre competencia. Acusó a la empresa de Zuckerberg de adquirir competidores como Instagram y WhatsApp en forma ilegal; logrando así controlar a la competencia y ganando grandes fortunas con la venta de publicidad.
Ahora bien, ¿Qué se solicita específicamente en la demanda? que el Tribunal ordene a Facebook a realizar una reestructuración de su negocio, a efectos de derribar el “monopolio ilegal” que la Big-Tech mantiene. A juicio de los actores, debería deshacerse de las dos aplicaciones mencionadas anteriormente.
Sin embargo, esas compras no fueron gratis. La empresa con base en California pagó en 2012 unos 1.000 millones de dólares por Instagram, y en 2014 desembolsó 19.000 millones para comprar WhatsApp.
Cabe recordar que en el 2019 la FTC impuso a Facebook, en conjunto con la Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos, un aproximado de 5.000 millones de dólares en concepto de multa en el marco del caso Cambridge Analytics.
INNOVACIÓN EN LOS BANCOS
Transferencias 4.0
Mediante la comunicación “A” 7153 del BCRA, se incorporó el nuevo sistema de transferencias inmediatas, cuyo objetivo principal es proporcionar a los clientes (tanto de las entidades financieras como de los PSP que ofrecen cuentas de pago) un servicio de transferencias que acredite el importe de forma instantánea, con disponibilidad durante las 24 horas del día, todos los días del año.
Sin embargo, se sospecha que el verdadero objetivo del sistema es permitirle a los bancos competir con Mercado Pago, que presenta enormes facilidades a la hora de transferir dinero; y que ha estado ganándole terreno a las entidades financieras tradicionales.
Dentro de las características del sistema de transferencias inmediatas, se encuentran: la interoperabilidad, mediante la creación de una interfaz estandarizada de pagos (IEP) caracterizado por la arquitectura abierta que permitirá interoperar a todas las cuentas, tanto bancarias como billeteras virtuales; la inmediatez, ya que los comercios recibirán la acreditación en forma automática y con carácter irrevocable; la competencia, ya que provee el servicio a comercios minoristas y barriales, pudiendo elegir éstos el proveedor que cobre menos comisiones; y por último la flexibilidad, ya que permitirá operar tarjetas, QR, DNI, solicitudes de pago, biometría (por ejemplo, huella digital).
Por otro lado, crea una modalidad de pago con transferencia inmediata. Permitirá compatibilizar los pagos desde todas las cuentas, y generará un ecosistema de pagos abierto, con trazabilidad de operaciones. De esta forma, un mismo código QR permitirá hacer pagos con transferencias desde cualquier cuenta, ya sea de un banco o de un PSP, a cualquier otra cuenta.
El nuevo sistema entró en vigencia el día 7 de este mes.
¿Podrán los bancos responder al avance de Galperín?
JURISPRUDENCIA: FALLOS 4.0
Notificaciones y Google Maps
En autos “Caja Forense c/ Mathieu Claudia María p/ Apremio”, el Tribunal de Gestión Asociada en lo Tributario de la Primera Circunscripción de Mendoza resolvió sobre un recurso de reposición interpuesto por la demandada. Mathieu había planteado un incidente de redargución de falsedad de una Boleta de Deuda, que fue rechazado por el Recaudador Fiscal. En contra de esa resolución, presentó el recurso mencionado.
Mathieu fundó el incidente en el hecho de que la Boleta de Deuda “no fue ni nunca habría sido notificada en su domicilio constituido”. Luego, en el recurso, cambió de argumento. Sostuvo que el domicilio consignado en la boleta de deuda y en la ficha de información de la causa menciona sólo el departamento, y que ello “corresponde al distrito central o capital del departamento”, sin identificar un distrito específico. Por estos motivos, el título debía ser declarado inhábil.
Adicionalmente, agregó que su domicilio es de difícil acceso, y que existen grandes posibilidades de perderse al intentar llegar al mismo. Este hecho, sumado a la deficiente identificación del distrito en la boleta, permitía inferir que la efectiva notificación en el domicilio no había sido practicada.
El Tribunal decidió que la pretensión del demandado “debió ser objeto de la excepción de inhabilidad de título y ser analizado al momento de tratar las excepciones y no en el marco del incidente de redargución ni en el marco del presente recurso”.
Sin embargo, nos resultan más interesantes las consideraciones que incluyó sobre la supuesta dificultad para encontrar un domicilio. Al respecto dijo:
“Que, así como hace varios años, en caso de desconocimiento de la locación de una calle, existían guías de calle y barrios con sus respectivos mapas en formato papel, las cuales eran de uso constante entre quienes efectuaban notificaciones; hoy los mismos han sido suplidos por las aplicaciones de Sistema de Posicionamiento Global (GPS) presente en teléfonos smartphones (vg. Google Maps; Waze; entre otros) así como en los dispositivos específicos (Garmin, GPS Navigator; etc) e incluso hoy integrado en los automóviles; dispositivos en los cuales basta con la introducción de la dirección deseada, para que el dispositivo informe el posicionamiento del mismo, así como las instrucciones de llegada; por lo cual el hecho de ser un domicilio de difícil acceso tampoco puede ser sostenido sin más para, mediante una simple presunción, restar valides a un instrumento publico”.
Oficiales Notificadores: ¡A usar Google Maps!
Accede al fallo aquí.
Fuente: Diario Judicial
INNOVACIÓN EN LAS PROVINCIAS
#MENDOZA: ¿El adiós al papel?
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza iniciará una prueba piloto en el Fuero Civil y Laboral, que consiste en la tramitación causas sin un solo papel. Se utilizarán expedientes digitales del sistema Iurix Iol, con el cual los abogados podrán tramitar expedientes de forma completamente digital.
Por otro lado, se está trabajando en el desarrollo de una boleta única con ATM; mediante la cual se podría abonar tasa, caja forense y aportes: todo en una sola boleta. La misma está en etapa de evaluación, y requerirá del consenso de los abogados.
En una nota publicada en la revista ÁMBITO, Mario Adaro, vocal de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, manifestó que la Corte ha comenzado tratativas con Inrupt - una start-up fundada por Tim Berners-Lee-, para analizar en conjunto qué información del Tribunal podría ser administrada por Solid. ¿Qué es Solid? un servidor con almacenamiento descentralizado en el que diversos organismos, como el Ministerio de Salud Británico y la BBC, almacenan su información. El nuevo paradigma vincula la confianza entre usuarios y empresas de información y de privacidad de datos. Ofrece a cada usuario su espacio descentralizado de almacenamiento de información, de modo que sólo el propietario puede acceder y brindar acceso a la misma.
El Alto Tribunal se encuentra analizando cómo podría vincularse toda la información judicial de una persona, de modo que la información pueda integrarse con sistemas interoperables. Uno de los proyectos, consiste en vincular las causas de violencia de género a Solid.
Sin dudas, Mendoza es una de las Provincias más avanzadas en materia de digitalización en el ámbito Judicial. Si bien hablar de legajo electrónico, firmas digitales y domicilios electrónicos resulta aún disruptivo teniendo en cuenta el sistema judicial Argentino; el hecho de que se esté planteando trabajar en conjunto con una empresa del sector privado a efectos de hacer uso correcto de datos personales resulta sumamente vanguardista. ¿Estarán todos los actores vinculados al sistema judicial conformes con las nuevas propuestas?
#EntreRios: Bienvenido el expediente electrónico
La Provincia implementará la Ley de Implementación y Utilización de Expediente Electrónico, que incorpora la utilización de expedientes, documentos, firmas y notificaciones y electrónicas en los procedimientos administrativos. Además, establece la digitalización de documentos y que las audiencias sean telemáticas.
El objetivo es lograr una mayor eficiencia y transparencia; celeridad en los trámites; e integración e interoperabilidad de los sistemas de información.
Los nuevos principios del procedimiento administrativo son:
la simplificación administrativa,
la digitalización,
la accesibilidad.
Se implementa también el domicilio electrónico, el cual deberá ser constituido en la primera presentación. Se advierte además que, siempre que esté disponible el uso de la notificación electrónica, no se podrá utilizar la notificación en formato papel. Sólo se aceptarán excepciones cuando existieren razones fundadas en contrario, las que deberán ser asentadas en el sistema por la autoridad interviniente.
#CÓRDOBA impulsa proyectos de industria 4.0
Se firmó un convenio entre la Agencia I+D+I (Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación) y la Agencia Córdoba Innovar y Emprender, que prevé la puesta en marcha de un fondo de cofinanciamiento entre ambas agencias de 20 millones de pesos en una primera etapa. El plan contempla una inversión total de $40 millones, para impulsar proyectos de la industria 4.0 y de software de pymes de la provincia de Córdoba.
#Jueces y redes sociales: El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba añadió al Código de Ética una serie de recomendaciones sobre el uso de las redes sociales para Magistrados y funcionarios. Como en un capítulo de Black Mirror, la ética judicial y las redes sociales conviven en un mismo texto.
Accede a al acuerdo aquí.
#INNONORMATIVA
IGJ y Deox
Mediante la resolución general 50/2020, se estableció que a partir del 10 de diciembre, la IGJ únicamente admitirá la presentación de oficios librados por Tribunales Nacionales o Federales en formato digital, a través del DEOX. Como consecuencia, los oficios que se presenten por otra vía se tendrán por no presentados y no serán objeto de trámite posterior alguno.
Por otro lado, dispone a qué CUIOs deberán dirigirse los oficios, dependiendo su contenido.
Por último, establece los requisitos de presentación, entre los cuales prevé que se deben acompañar los formularios de pago conforme la Resolución General IGJ 07/2015.
El mundo abogadil sueña con la digitalización de las actuaciones en IGJ. Ojalá sea éste el primero de muchos pasos en esa dirección.
Accede a la norma aquí.
#INNOLECTURA RECOMENDADA
“Inteligencia artificial, tecnologías emergentes y derecho”: Se acerca el cierre de año, pero la innovación legal no se detiene. Hace algunos días, la editorial Hammurabi lanzó la revista “IA, tecnologías emergentes y derecho”, enfocada en la interdisciplinariedad de la tecnología. Su directora es Cecilia Danesi, una abogada estrella en disrupción jurídica, pero cuenta también con la participación de profesionales de otras áreas; ya que la finalidad de la revista es conciliar en el mismo espacio diferentes disciplinas. Definitivamente, lectura recomendada para el verano 2021.
Accede a la revista aquí
INNOLEY TAMBIÉN RECOMIENDA
#PRETORIA. El sistema de inteligencia artificial predictivo, desarrollado por el IALAB de la Facultad de Derecho de la UBA para la Corte Constitucional de Colombia, fue premiado como “Mejor herramienta de modernización en materia de justicia” por la Corporación Excelencia en la Justicia @CEJ_JUSTICIA.
PretorIA es un proyecto de cooperación inédito en el mundo. Aplica técnicas de inteligencia artificial para generar soluciones disruptivas que contribuyen a optimizar la selección de los miles de casos vinculados a la salud que ingresan al máximo órgano judicial colombiano.
Este reconocimiento es un orgullo para Argentina, para Colombia y para toda Latinoamérica. ¡Felicidades!
#Millenials hackeando el derecho: La Universidad Nacional de Cuyo organiza un webinar abierto y gratuito, dirigido a estudiantes y abogados. El mismo contará con cuatro bloques, en los que se tratarán tópicos como inteligencia artificial, blockchain, ciberseguridad y protección de datos personales. Cada uno estará moderado por expertos en el tema.
Tendrá lugar este viernes 18 de diciembre, de 15 a 19hs. Inscribite aquí!
#HOLA 2021: El blog Artificial Lawyer publicó un artículo acerca de las predicciones del mercado legal tech para el próximo año. Podés acceder aquí a la nota.
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