Del campus de Harvard al Metaverso
NFTs y su paso a la legalidad. Una sanción al Ministerio de Salud de San Juan por filtración de datos. Amazon, Bezos y BTC. Fintechs: resoluciones y rechazos.
INTERNACIONALES
Zuckerberg y el Metaverso
Facebook es una red social que no necesita presentación. Fundada por Mark Zuckerberg en el año 2004, nació como una red para que alumnos de Harvard pudieran interactuar entre sí. Rápidamente, comenzó a escalar y su alcance se fue expandiendo hasta alcanzar, en 2020, los 2700 millones de usuarios a nivel global. No exageramos cuando decimos que un tercio de la población mundial usa Facebook.
Facebook Inc., por su parte, es la sociedad dueña de la red social y también ha adquirido otras plataformas como Instagram, WhatsApp, Oculus VR, Giphy y Mapillary. Es considerada dentro de las 5 gigantes tech, junto con Amazon, Google, Apple y Microsoft.
Sin embargo, las ambiciones de Zuckerberg no se detienen. Es que, según ha comunicado a los empleados de la empresa, espera que en 5 años Facebook deje de ser una “mera” red social, y pase a ser una “empresa de Metaverso”.
Pero, ¿qué es una empresa de Metaverso? ¿Y por qué suena a una película de Marvel? El Metaverso es un concepto introducido por el escritor Neal Stepheson. Alude a un ciberespacio alternativo a la realidad física, en el cual una comunidad de personas puede interactuar en forma de avatares. La BBC, por su parte, lo definió como una Internet 3D, en la que se conectan mundos digitales y la gente interactúa en tiempo real por medio de realidad virtual.
En la reformulación que propone Zuckerberg, el Metaverso estará dado por un mundo paralelo, en el que los usuarios no sólo puedan ver y consumir contenido, sino que puedan ser parte de él. En el que puedan vivirlo. El internet trascendería de los teléfonos móviles, computadoras, tablets y consolas. Dejaría de ser sólo una herramienta para usar a través de una pantalla, para pasar a ser parte de la realidad de los usuarios. Las personas no sólo usarían internet, sino que vivirán en ella.
En una entrevista que mantuvo con The Verge, Mark dijo:
“Puedes pensar en el metaverso como una Internet incorporada, donde en lugar de solo ver contenido, estás en él. Y te sientes presente con otras personas como si estuvieras en otros lugares, teniendo diferentes experiencias que no necesariamente podrías tener en una aplicación 2D o página web, como bailar, por ejemplo, o diferentes tipos de ejercicios”.
Todo suena a ciencia ficción, y en el mejor de los casos, pareciera que Zuckerberg quisiera jugar juegos de Play Station en 4D. Pero se preocupó por aclarar esto:
“El entretenimiento claramente va a ser una gran parte de eso, pero no creo que esto sea solo un juego. Creo que este es un entorno persistente y sincrónico en el que podemos estar juntos (…) pero en general, creo que esto será una gran parte del próximo capítulo para la industria de la tecnología, y es algo en lo que estamos muy emocionados”.
Zuckerberg lleva un tiempo temiendo que Facebook quede relegada en comparación a la tecnología blockchain, y al mundo descentralizado generado por Bitcoin y demás criptomonedas. Y lo último que quiere el americano, es que su empresa quede anticuada. En el 2019, anunció el lanzamiento de su propia cripto: “Libra”. Tras algunos tropezones y un cambio de nombre, ese proyecto parecería haber sido abandonado.
Sin embargo, encaró también múltiples proyectos en esta línea que han sido exitosos, tanto en el campo de la inteligencia artificial como de la realidad virtual. Así, en el 2019 lanzó “Habitat IA”, una plataforma de simulación diseñada para entrenar robots en entornos 3D fotorrealistas, con el fin de lograr robots funcionales y asistentes en un futuro cercano.
También está trabajando en un proyecto de “Infinite Office”: se trata de un proyecto en el que los usuarios pueden crear su espacio de trabajo ideal, a través de tecnología de realidad virtual.
Además, Zuckerberg encontró una nueva oportunidad para entrar al mundo cripto: los NFTs. Es que los NFTs están ocupando un rol fundamental en la construcción de la economía del Metaverso. A la fecha, Facebook cuenta con Axies: a través de tecnología NFT - y con un parecido llamativo a los Pokemon - se representan mascotas de fantasía, coleccionables, con habilidades únicas registradas en blockchain, que pueden criarse para luchar contra otros axies y ganar criptomonedas como recompensas en cada batalla. También pueden reproducirse o negociarse en los mercados secundarios.
Por supuesto, hay un punto que no puede ser ignorado. Y es que Facebook maneja una magnitud de datos relativos a las conductas y comportamientos sociales de sus usuarios. El procesamiento de estos datos puede facilitar enormemente la traspolación del mundo de las redes sociales en la pantalla, a la realidad del Metaverso.
Una última pata fundamental del Metaverso es la tecnología de hologramas. Al respecto, Zuckerberg dijo a The Verge:
“Podrás sentarte como un holograma en mi sofá, o yo podré sentarme como un holograma en tu sofá, y realmente se sentirá como si estuviéramos en el mismo lugar. Incluso si estamos a cientos de millas de distancia. Eso es realmente poderoso”.
En este momento, todo Facebook está abocado a tomar todos sus productos, sean redes sociales, realidad virtual, inteligencia artificial y adaptarlos a la creación de un nuevo mundo virtual “hipermegarrealista”, en el cual los usuarios puedan -casi- existir.
La idea final es lograr presencialidad en la virtualidad. Algo que suena difícil de lograr tras meses de virtualidad y zooms, pero definitivamente realizable para uno de los grandes revolucionarios de Sillicon Valley.
NFT: de la virtualidad a la legalidad
Si sos seguidor de la primera hora de #innoley, ya habrás leído sobre non fungible tokens, más conocidos como NFT. Si todavía no lo hiciste, podés innoinformarte haciendo click acá y acá .
Ahondando un poco más en el tema, el European Blockchain Observatory and Forum (“EBOF”), publicó un informe sobre los aspectos legales de los NFT. ¿Qué es el EBOF? Es un organismo creado por iniciativa de la Comisión Europea para acelerar la innovación del blockchain y el desarrollo de su ecosistema dentro de la Unión Europea a efectos de contribuir al posicionamiento de la UE como líder mundial en esta tecnología. Sí, la UE se puede dar el lujo de tener un organismo orientado únicamente a blockchain. Increíble pero real.
El objetivo del informe es resaltar las características de los NFT y analizar los marcos legales de los mismos. Si bien hace hincapié en la regulación en el continente europeo, no se limita únicamente a este. Según el mismo, no existe aún en la Unión Europea una legislación que regule específicamente los NFTs, por lo tanto, y aunque se puedan negociar en sus propios mercados y sean objeto de especulación, no son fácilmente intercambiables. Como consecuencia, no pueden equipararse a los instrumentos financieros y deberían quedar excluidos de la regulación de la Propuesta de Reglamento relativo a los mercados de criptoactivos y por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937.
Así también, el informe hace un recorrido por la regulación aplicable en diferentes países de Europa y también de Australia. En cuanto a Latinoamérica, según el EBOF la región es líder en adopción y desarrollo de activos digitales, pero el panorama regulatorio no es acorde todavía. Pocos países han regulado la cuestión, y el enfoque ha sido reactivo hacia los activos, en lugar de tener una perspectiva constructiva y proactiva para la industria. Por otro lado, aclara que no existe una única organización supranacional que pueda ayudar en la unificación de criterios y términos, como es el caso de la UE.
En cuanto a la Argentina , el informe detalla que ante la falta de regulación por parte del Estado, organizaciones no gubernamentales y de la sociedad civil han sido las encargadas de estudiar el tema. Entre otros, menciona un informe desarrollado recientemente por una ONG Argentina de Bitcoin, financiada por el Banco Interamericano de Desarrollo. Según el mismo, un NFT sería un token de utilidad, tras clasificar a estos activos como tokens de pago, de utilidad y de activos dependiendo de la función que tiende a cumplir. Por último, detalla las resoluciones de la Unidad de Información Financiera (UIF) en lo que respecta a la lucha contra el lavado de activos y las comunicaciones del Banco Central (BCRA) y de la Comisión Nacional de Valores (CNV) de cuestiones vinculadas con los criptoactivos, las cuales proporcionan ciertos criterios para interpretar las reglas existentes pero no son vinculantes.
Accedé al informe aquí
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📰 Sanciones 4.0
El Director Nacional de Protección de Datos Personales, mediante la Resolución 64/2021 (la “Resolución”) impuso al Ministerio de Salud de la Provincia de San Juan dos sanciones, consistentes en dos apercibimientos por faltas graves. Los motivos: “mantener bases de datos locales, programas o equipos que contengan datos de carácter personal sin las debidas condiciones de seguridad que por vía reglamentaria se determinen”, e “incumplir el deber de confidencialidad exigido por el artículo 10 de la Ley N° 25.326 sobre los datos de carácter personal incorporados a registros, archivos, bancos o bases de datos”.
En cuanto a los antecedentes del caso, cabe destacar que en el mes de agosto de 2020 se publicaron notas periodísticas que decían que a fines de julio del mismo año se había enviado una alerta sobre la vulnerabilidad del sistema a la Dirección Nacional De Ciberseguridad (“DNC”). A partir de tales notas, la Agencia de Acceso a la Información Pública (“AAIP”), a través de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (“DNPDP”), inició de una investigación de oficio y comenzó por requerir información sobre lo sucedido a la DNC.
En respuesta al requerimiento de información, la DNC comunicó que habían recibido una alerta sobre la vulnerabilidad del sistema el 28 de julio de 2020 “sobre una posible exposición de información sobre datos de pacientes infectados con COVID-19 registrados en la base de datos del Ministerio de salud de la Provincia de San Juan”.
Recibidas las respuestas del Ministerio de Salud, se procedió a determinar los incumplimientos en los que habría incurrido el Ministerio.
Se trató de dos incumplimientos. Así, consideró que “manteniendo bases de datos locales, programas o equipos que contengan datos de carácter personal sin las debidas condiciones de seguridad que por vía reglamentaria se determinen”, el Ministerio de Salud de la Provincia de San Juan había cometido una infracción grave conforme el punto 2, inciso k del Anexo I a la Disposición DNPDP Nº 7 del 8 de noviembre del 2005 y modificatorias.
Pero además de ello, había el Órgano cometido una infracción grave al incumplir el deber de confidencialidad exigido por el artículo 10 de la Ley N° 25.326 sobre los datos de carácter personal incorporados a registros, archivos, bancos o bases de datos.
Los argumentos para llegar a la sanción, fueron varios. Entre ellos, cabe destacar que la DNPDP hizo hincapié en que “el MINISTERIO DE SALUD es el responsable por la disponibilidad, confiabilidad e integridad de los datos de salud y, así también, es responsable por los actos de sus dependientes. En este mismo sentido, se admitió que la infraestructura de informática utilizada para exponer el contenido de la base de datos en estado de vulnerabilidad dependía del Ministerio, razón más que suficiente para atribuirle responsabilidad en tanto responsable de la base de datos y confirmar en todos sus términos las infracciones constatadas en autos”.
Casi para terminar, el órgano defendió la competencia de la DNPDP de la AAIP para resolver el caso, en función de que en el mismo estuvo involucrada “una base de datos en ambiente de desarrollo, con servicio de indexación para la gestión agilizada de la base de desarrollo Andes Salud y, que si bien dichos servidores se localizan en la PROVINCIA DE SAN JUAN, estos se encuentran conectados a la Internet, ofreciendo un alcance transfronterizo inmensurable y, consecuentemente, de ningún modo limitado al alcance provincial.
Que, por ello, la AAIP es la autoridad competente para controlar que dichas cesiones se adecúen a las previsiones previstas por la Ley N° 25.326, e incluso llevar adelante las recomendaciones para el cumplimiento de la misma a las autoridades locales fuera de la órbita del Gobierno Federal”.
Por lo expuesto, resolvió imponer la multa de dos apercibimientos al Ministerio de Salud de la Provincia de San Juan.
Accede a la Resolución 64/2021 haciendo click aquí
CRIPTOS
🤖 Amazon: ¿Bitcoin sí, o Bitcoin no?
En los últimos días, y tras dos meses de un inusual bloqueo en su cotización, el valor del Bitcoin alcanzó subidas de aproximadamente el 15%.
Este aumento en la cotización de la cripto se debió en gran parte a un rumor que estuvo circulando desde el día domingo, y que involucró a la empresa Amazon. Según informó el medio City A.M. de Londres, fuentes internas habrían confirmado que la firma dirigida por Jef Bezos comenzaría a aceptar pagos con Bitcoin. Esto, por supuesto, generó una ola de optimismo, inversión y especulación con respecto a la cripto, que la llevó a alcanzar la cotización más alta de los últimos tiempos.
Sin embargo, la propia Amazon tuvo que salir a desmentir la noticia: “Sin perjuicio de nuestro interés en el sector, las especulaciones que han surgido alrededor de nuestros planes con respecto a las criptomonedas no son ciertas. Seguimos enfocados explorando en cómo podría esto favorecer a los usuarios que compran a través de Amazon”.
A pesar de este anuncio, la realidad es que cada vez son más los vendedores que aceptan el pago con criptomonedas en Amazon. Además, se viralizó una búsqueda laboral de Amazon, en la que se apuntaba a contratar a un líder de proyectos para monedas digitales y blockchain, hecho que por supuesto dio mayor impulso a los rumores.
La subida del Bitcoin también se vio favorecida por los anuncios de Elon Musk, quien sostuvo que una vez terminados los estudios acerca de las energías renovables que se utilizan en el proceso de minería de Bitcoin, lo más probable es que la empresa TESLA vuelva a aceptar Bitcoins como medio de pago.
Si sos de los que apostaste al Bitcoin, y hasta ahora sólo venías perdiendo, estas noticias son buenas para vos.
INNONORMATIVA
👩💻💸 #FINTECH
Mediante la Resolución General 5029, la AFIP implementó nuevos controles sobre operaciones virtuales. A través de la incorporación de los PSP (Proveedores de Servicios de Pago) al régimen de información previsto en la Resolución General 4614 para las transacciones de activos efectuadas mediante herramientas y/o aplicaciones informáticas, el fisco controlará de cerca las operaciones virtuales en busca de verificar la correcta liquidación del impuesto sobre los débitos y créditos por parte de los PSP a efectos de dentificar a los titulares de las cuentas y realizar una trazabilidad de las transferencias de fondos que realizan. Entre sus objetivos, está la detección de maniobras de evasión.
A partir de esta, los PSP deberán informar tanto la nómina de cuentas con las que se identifican a cada uno de los clientes; las altas, bajas y modificaciones que se produzcan y los montos totales expresados en pesos argentinos de los ingresos, egresos y saldo final mensual de las cuentas. La información debe suministrarse respecto de las cuentas en las cuales se hubieran registrado ingresos totales, iguales o mayores a 10 mil pesos. Pero dicho monto está vigente desde diciembre del 2019, quedando bastante desactualizado en función de la altísima inflación que sufrio la Argentina hasta la fecha.
En caso de que las operaciones se realizen en moneda extranjera, deben convertirse a pesos considerando el último valor de cotización que, para la moneda de que se trate, fije el Banco de la Nación Argentina al último día hábil del mes que se informa. En cuanto a las monedas digitales o criptos, la Resolución establece que se deben convertir a pesos considerando el último valor de cotización que, para la moneda digital de que se trate haya fijado el PSP, al último día del mes que se informa.
La Cámara Argentina de Fintech (“CAF”) rechazó la propuesta de las Cámaras bancarias de limitar transferencias a cuentas virtuales por tratarse de una práctica anticompetitiva, la cual atenta contra la interoperabilidad del sistema y la inclusión financiera.
Las asociaciones bancarias aseguran que la interoperabilidad entre cuentas facilita el ciberdelito, la cual según la CAF, no está respaldado por datos reales. Por lo contrario, existen acuerdos de colaboración entre Proveedores de Servicio de Pagos (PSP) y bancos en pos de proteger a los usuarios, los cuales disminuyeron un 90% los ciberdelitos.
Por otro lado, tampoco tendría sustento la afirmación de la cámaras bancarias acerca de la falta de regulación de las fintech. Conforme a la Comunicación “A” 6885, el BCRA regula y supervisa a los PSP. Cabe resaltar también que la distinción entre las fintech y los banco tradicionales radica en que las primeras no realizan intermediación financiera, ya que el capital que prestán a través de productos de riesgo es propio.
Para finalizar, destacan que la solitud atenta al proyecto de “transferencias 3.0”, a partir del cual todos los actores del sistema deben interoperar en los pagos y cobro con QR; lo cual no resulta posible si al mismo tiempo se limitan arbitrariamente la transferencia entre cuentas.
Nodos de la economía del conocimiento
Mediante la Resolución 441/2021, y con el objetivo de “promover la conformación y consolidación de agrupamientos de empresas e instituciones dedicadas a la producción de bienes y servicios de la Economía del Conocimiento que dinamicen, diversifiquen y fortalezcan las economías regionales” se creó el programa “Nodos de la Economía del Conocimiento”. Adicionalmente, y para su efectiva puesta en práctica, se aprobó el Reglamento Operativo del Programa “Nodos de la Economía del Conocimiento” y la Convocatoria al Programa para las empresas interesadas.
La Subsecretaría de Economía del Conocimiento fue facultada para disponer la realización de futuras convocatorias en el marco del Programa, y realizar todas las acciones necesarias a los efectos de poner en funcionamiento la iniciativa, controlar su ejecución y a dictar las normas complementarias y aclaratorias necesarias para su implementación.
EDU-TECH
👩🏼🎓👨🏼🎓La Universidad de Buenos Aires lanzó #Clementina, un chatbot para que los estudiantes puedan consultar todo tipo de información sobre la Universidad, los trámites a distancia, campus virtuales e incluso sobre la historia de la misma. Su nombre se debe a que Celementina fue la primera computadora que tuvo el país con fines científicos y educativos, la cual funcionaba en la facultad de Ciencias Exactas hace 60 años.
📱👨🏼⚖️ Del portafolios a la programación: Si sos abogado y sentís que te estás quedando atrás del mundo tech y querés ser un poco más como Mark, la Universidad virtual de Harvard (EDx) ofrece un curso gratuito para abogados llamado “CS50’s Computer Science for Lawyers”. El mismo está compuesto por una serie de videos, artículos y notas muy completo y con profesores de la casa. Accedé al curso aquí
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Excelente!!! Adelante Jóvenes Abogados!!!